INFORMACIÓN SOBRE LA AYUDA PARA EL ALQUILER DE VIVIENDA-BONO DE ALQUILER JOVEN, CONVOCADA POR EL GOBIERNO DE CANARIAS- INSTITUTO CANARIO DE LA VIVIENDA

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Según Resolución del Director del citado Instituto de fecha 26 de septiembre de 2025, publicada en el Boletín Oficial de Canarias número 191 con fecha 26/09/2025. Otorgándose esta subvención - según las bases -, con cargo a los fondos del Gobierno de España- Ministerio de Vivienda y Agenda urbana

El Ayuntamiento de Arucas, INFORMA a todos los/as ciudadanos/as de este municipio que con fecha 26 de septiembre de 2025, el Instituto Canario de la Vivienda, ha convocado la ayuda al alquiler de vivienda, denominada “Bono Alquiler Joven”.Estableciéndose la fecha de presentación de solicitudes a partir del 29 de septiembre hasta el 17 de octubre de 2025. Teniendo que reunir entre otros, los siguientes requisitos:

• Esta ayuda está dirigida a las personas jóvenes desde los 18 años hasta 35 años incluida la edad de 35 años, en el momento de solicitar la ayuda.

• Otorgándose por orden de entrada de la solicitud con toda la documentación completa y correcta, ya que si te requieren documentación o subsanar la que has entregado, se altera el orden y pasarías al final en esa fecha. SIENDO FUNDAMENTAL QUE TODA LA DOCUMENTACIÓN ESTÉ CORRECTA

• Las personas solicitantes tendrán que ser titulares de un contrato de alquiler vigente (y firmado en todas sus hojas por todas las personas que figuran el mismo), o estar en disposición de suscribirlo.

• Que las personas solicitantes estén empadronadas en la vivienda de alquiler y que éstas coincidan con la unidad de convivencia que se declará en la solicitud y anexo

• Que la vivienda arrendada y objeto de solicitud de la ayuda de alquiler ésta constituya el domicilio habitual y permanente. Así mismo pata el caso de contrato de habitación

• Disponer de una fuente regular de ingresos.

• Que los ingresos de la unidad familiar de convivencia no superen 3 veces el IPREM del 2024, en el caso de alquiler de vivienda.

• Que la renta de alquiler de la vivienda (sin incluir anejos u otros gastos) con carácter general no supere para Arucas los 750€/mes. Y en el caso de habitación de 375€/mes.

• Siendo la subvención de 250€/mes • Etc.

Siendo la subvención por dos años, desde el 1 de enero del 2024, - en el caso de que el contrato se haya suscrito desde esa fecha y coincida con la fecha de empadronamiento en dicha vivienda -, o desde la fecha que se haya suscrito el contrato de alquiler y que se esté empadronado/a en la vivienda desde la fecha citada. Las ayudas las tramitará el Instituto Canario de la Vivienda mediante el procedimiento de concesión directa por orden correlativo de entrada.

Para obtener información sobre las características de la ayuda así como de la documentación que hay que presentar para solicitar la misma, así como para tramitarlas, se podrán que dirigir entre otras a la Oficina Municipal de Vivienda de este Ayuntamiento sin solicitar cita previa. Se puede solicitar información por teléfono al número 928622506 o mediante correo electrónico a: vivienda@arucas.org. Localizada la citada Oficina en la C/ Médico Anastasio Escudero Ruiz nº3, 1ª planta (sobre las Oficinas del Inem).