Según Resolución de la Dirección del citado Instituto de fecha 21 de noviembre de 2025, publicada en la Sede Electrónica del mismo.
El Ayuntamiento de Arucas, INFORMA a todos los/as ciudadanos/as de este municipio que con fecha 24 de noviembre de 2025, el Instituto Canario de la Vivienda, ha publicado la “RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN DEL INSTITUTO CANARIO DE LA VIVIENDA POR LA QUE SE RESUELVE Y SE DECLARA EL AGOTAMIENTO DEL CRÉDITO DE LA SUBLÍNEA “BONO ALQUILER JOVEN GENERAL” EN EL MARCO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA DESTINADAS AL BONO ALQUILER JOVEN PARA FACILITAR EL DISFRUTE DE UNA VIVIENDA O HABITACIÓN EN RÉGIMEN DE ALQUILER O CESIÓN DE USO A PERSONAS JÓVENES CON ESCASOS MEDIOS ECONÓMICOS, CONVOCATORIA 2025.”
En ÉSTA salen recogidos SEIS ANEXOS, siendo éstos:
• Anexo I: Solicitudes concedidas
• Anexo II: Expedientes concedidos de forma condicionada a la aportación del contrato y del empadronamiento
• Anexo III: Solicitudes válidamente presentadas desestimadas por agotamiento del crédito presupuestario
• Anexo IV:Solicitudes incompletas desestimadas por agotamiento del crédito presupuestario
• Anexo V:Solicitudes denegadas por incumplimiento de los requisitos
• Anexo VI:Requerimiento de alta en el sistema SEFLOGIC (alta de terceros en la Consejería de Hacienda de Canarias)
• Anexo VII: Importes a abonar y requerimientos de recibos
Tenéis que comprobar en qué Anexo está recogida vuestra solicitud, ya que si está recogida en los Anexos; Anexo II, Anexo VI o Anexo VII, tenéis 10 días hábiles para presentar la documentación requerida, siendo el último día de presentación el 5 de diciembre
Y las solicitudes recogidas en los Anexos IV y Anexo V, podríais presentar un Recurso Potestativo de Reposición ante el Excmo. Sr. Presidente del Instituto Canario de la Vivienda, en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente a su notificación o publicación; o directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo en Las Palmas, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos (2) meses, contados a partir del siguiente al de la notificación o publicación; significándole que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa del recurso de reposición o hasta que se produzca la desestimación presunta del mismo. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.
Para obtener información se podrán que dirigir entre otras a la Oficina Municipal de Vivienda de este Ayuntamiento sin solicitar cita previa. Se puede solicitar información por teléfono al número 928622506 o mediante correo electrónico a: vivienda@arucas.org. Localizada la citada Oficina en la C/ Médico Anastasio Escudero Ruiz nº3, 1ª planta (sobre las Oficinas del Inem).
ENLACE A LA INFORMACIÓN EN EL INSTITUTO CANARIO DE LA VIVIENDA