ÁREA DE SERVICIOS SOCIOCOMUNITARIOS, ASISTENCIA A LAS PERSONAS, FOMENTO DE LA CALIDAD DE VIDA Y PROMOCIÓN ECONÓMICA

Concejalía de ÁREA DE SERVICIOS SOCIOCOMUNITARIOS, ASISTENCIA A LAS PERSONAS, FOMENTO DE LA CALIDAD DE VIDA Y PROMOCIÓN ECONÓMICA
 
 
D. Oliverio de los Reyes Armas Guillén
2º Teniente de Alcalde
 

Se integran en este Área: Con carácter general, los denominados servicios a las personas, desde la perspectiva social y dentro del marco competencial otorgado al municipio, conjuntamente con otros sectores de gestión especializados dirigidos a determinados colectivos sociales.


Asimismo, se vinculan a esta Área las unidades administrativas con funciones relacionadas con el desarrollo y promoción personal (cultura, deporte, festejos,ocio,…); las actuaciones que promueven la igualdad de oportunidades en el ámbito municipal; los proyectos que impulsen la participación ciudadana en los asuntos públicos, así como los programas en materia de cooperación y solidaridad. Además, se incluye el impulso de los proyectos y actividades de desarrollo económico, Turismo y Logística.

 

Se integran en esta Área: Bienestar Social y Mayores (Prestaciones Sociales y Autonomía Personal, Drogodependencia y Mayores); Cultura, Festejos, y Deportes; Educación, Igualdad de Oportunidades, Juventud, Participación Ciudadana y Solidaridad; Promoción Económica, Turismo y Equipo Logístico.

A esta Área se adscribe el Organismo Autónomo Municipal de Cultura.

Este Concejal de Área ejercerá directa y personalmente las competencias de la Alcaldía en materia de Presidencia, Promoción Económica, Turismo y Equipo Logístico, no delegadas en otros concejales.

 

Funciones. A tenor del artículo 40 de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de Municipios de Canarias, esta concejalía ejercerá, dentro de su Área, las siguientes funciones:

a) La dirección del personal adscrito a los servicios del Área, sin perjuicio de las competencias que esta materia correspondan al Alcalde respecto de todo el personal del Ayuntamiento y su ejercicio concreto.

b) La iniciativa, impulso, dirección y coordinación de los servicios y actividades.

c) Ejercer el control y tutela de los organismos públicos y sociedades municipales adscritos al área.

d) Elevar a la persona titular de la alcaldía o a través de esta, a la Junta de Gobierno Local o al Pleno, propuestas de resoluciones, acuerdos o convenios en las materias que le correspondan.

e) Presidir los Consejos Sectoriales, de Distrito o de Barrio.

f) Autorizar y disponer gastos y reconocer y liquidar obligaciones en la cuantía y condiciones fijadas en las Bases de Ejecución del Presupuesto.

g) Proponer a la persona titular de la alcaldía la inclusión en el proyecto de presupuestos de los programas del Área y, en su caso, las modificaciones de crédito precisas.

h) Presidir las Mesas de Contratación, en su caso.

i) Actuar, como órgano de contratación en el ámbito material del Área para los contratos menores, dentro de los límites vigentes en cada momento.

j) El seguimiento del cumplimiento y ejecución de los contratos y convenios.

k) Dar el visto bueno a las certificaciones expedidas por los servicios.

l) La resolución de los procedimientos de acceso, rectificación o cancelación de datos de carácter personal de los ficheros.

m)  La resolución de los recursos de reposición interpuestos contra sus actos dictados por delegación.

 

Esta delegación general de competencias comportará tanto la facultad de dirigir el Área o Servicio correspondiente como la de gestionarlos en general, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

A tenor del citado artículo 43.3 del Reglamento de Organización, funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/, el Concejal de Área supervisara dirigirá y coordinara la actuación de todos los Concejales con delegaciones en materias o servicios adscritas a su Área.

Por último, se delega en el Concejal del Área la competencia para la resolución de los recursos de reposición interpuestos contra sus actos dictados por delegación.